Protección social, una gran deuda con las personas con discapacidad

Protección social, una gran deuda con las personas con discapacidad

En todo el mundo, apenas el 27,8% de las personas con discapacidad severa perciben algún tipo de prestación, según eI Informe Mundial sobre la Protección Social 2017-2019 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La cobertura en el continente americano asciende al 73% incluyendo pensiones contributivas y no contributivas. Sin embargo, esto obliga a las personas con discapacidad a estar por debajo de un determinado nivel de ingresos.

En muchos países, estos ciudadanos no tienen acceso a una pensión, salvo que hayan adquirido la discapacidad estando cubiertos por el sistema de seguridad social.

      Pensiones insuficientes

En aquellos países en los que además existe una pensión no contributiva por discapacidad, estas suelen ser insuficientes para cubrir las necesidades más fundamentales, por lo que las personas con discapacidad y sus familias suelen caer en situaciones de pobreza.

Además, estas pensiones no contributivas por discapacidad suelen ser incompatibles con un trabajo remunerado.

Esta situación empuja a las personas con discapacidad a preferir recibir una pensión en vez de acceder a un empleo, porque en caso de perder el trabajo perderían toda fuente de ingresos.

Desde la OIT consideramos importante que existan pensiones dirigidas a cubrir los gastos adicionales derivados de la discapacidad y que sean compatibles con los ingresos provenientes del trabajo.

Esto requiere un cambio fundamental en la concepción del sistema de protección social, que suele ver la discapacidad incompatible con el trabajo y, por ello, merecedora de una pensión como único ingreso de la persona.

“Hace falta un cambio fundamental en la concepción propia del sistema de protección social, que suele ver la discapacidad incompatible con el trabajo”.

      Marcos jurídicos

La Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible advierte sobre esta situación en su objetivo primero de “Fin de la pobreza” y en la meta 1.3, que menciona expresamente a las personas con discapacidad.

Esto, sumado a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que incluye un artículo dedicado a la protección social, provee el marco adecuado para una mayor y mejor inclusión de este colectivo en los sistemas de protección social.

Vivimos un momento excepcional en cuanto al número de países que están fortaleciendo y ampliando sus sistemas de protección social, y en este proceso es fundamental asegurar que las personas con discapacidad participen activamente.

Se trata de asegurar que los sistemas de protección social no sólo combatan el binomio discapacidad-pobreza, sino que además promuevan la plena participación de las personas con discapacidad.

 

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