Con la participación de autoridades indígenas y tras un largo período de debate, la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional de Bolivia aprobó el pasado 2 de junio la Ley para la creación del “Territorio Indígena Originario Campesino de Jatun Ayllu Yura”, ubicado en el Departamento de Potosí.
Este nuevo territorio autonómico con una población de más de 5.000 habitantes colinda al norte con el municipio de Porco, al este con Cotagaita y Caiza D y al sur y al oeste con Tomave.
La ley No. 1442 fue promulgada por el presidente Luis Arce el 30 de junio de este año, cumpliéndose todos los pasos y requisitos constitucionales y las normas vigentes para proteger y promover los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
La creación de la Unidad Territorial “Territorio Indígena Originario Campesino de Jatun Ayllu Yura” marca un avance histórico sin precedentes y consolida los derechos colectivos de los pueblos indígenas en sus territorios ancestrales en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Con la creación de la Unidad Territorial de Jatun Ayllu Yura se va consolidando el autogobierno y la autodeterminación de los pueblos indígenas; se recupera significativamente la forma de llevar su existencia social basada en el ayllu, revalorizando sus usos y costumbres. Asimismo, casi todos sus actos se rigen por sus normas y procedimientos propios; y ahora se regirán no solamente por ellos, sino por su Estatuto Autonómico Originario que tiene control de constitucionalidad y aprobado por normas y procedimientos propios.
La creación de la autonomía de Jatun Ayllu Yura” es un hito histórico que consolida los derechos colectivos en territorios ancestrales indígenas en Bolivia
La Autonomía Originaria de Jatun Ayllu Yura, tiene muchas cualidades que fueron rescatadas de su gestión territorial y su forma de gobierno tales como la representación de las autoridades de gobierno, a saber, el nombramiento del Jilakata, los Kuracas y Mama Th’allas, mismos que van más allá de los paradigmas de paridad y alternancia.
Hace más de una década, los pueblos indígenas de Jatun Ayllu Yura decidieron autogobernarse accediendo a la Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC), toda vez que tienen un territorio que subsistió a la colonia, mantiene su lengua, cultura, historia y poseen una estructura organizativa propia conformada por cuatro ayllus: Qurqa, Chiquchi, Qullana y Wisijza, que históricamente han buscado la reivindicación de sus derechos a la tierra, territorio, recursos naturales y autodeterminación.
Base legal
La creación de esta nueva unidad territorial está amparada por la Constitución Política del Estado y en el artículo 52 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, en la cual se reconoce la autonomía indígena originaria campesina (AIOC), como la expresión del derecho al “…autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias”, basada en territorios ancestrales actualmente habitados por aquellos pueblos según sus normas y procedimientos propios.
En este marco, tienen derecho a acceder a la autonomía indígena originaria campesina: los Territorios Indígenas Originarios Campesinos (TIOC),los municipios con mayor población indígena y las regiones con mayor población indígena.
En consecuencia, consolidado el mecanismo jurídico a la autonomía indígena originaria campesina, se permite habilitar la jurisdicción territorial de un Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) y consecuentemente la instalación de un municipio reconocido como Autonomía Indígena Originaria Campesina.
En el caso específico del Jatun Ayllu Yura, este accedió a la autonomía indígena originaria campesina, por la vía de su territorio indígena originario campesino (TIOC).
La creación de esta unidad territorial está amparada por la Constitución y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización y el Reglamento para la Supervisión al Proceso de Autonomias Indígenas, establece cuatro etapas durante el proceso de implementación de la AIOC: 1) La consulta de acceso a la AIOC según normas y procedimientos propios; 2) La conformación del Órgano Deliberativo o su equivalencia; 3) La aprobación del proyecto de Estatuto Autonómico y; 4) La vonformación del gobierno autonómico de la AIOC.
Caminando hacia los derechos
En Bolivia, la lucha de los pueblos indígenas por una participación política efectiva se remonta a la rebelión indígena de 1899 liderada por Zarate Willka y más recientemente, en la década de los 90, a la primera “Marcha por el Territorio y la Dignidad”, que permitió formular las bases políticas y demandas contra del Estado colonial.
Como resultado, y en línea con los valores democráticos, la lucha de los pueblos indígenas se constituyó en una estructura social de incidencia política directa: el Pacto de Unidad. Dicha iniciativa ha posibilitado avances constitucionales importantes en la incorporación de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, reconociendo su participación directa de sus representantes en varios espacios de decisión estatal, como la Asamblea legislativa.
Una estructura social de incidencia política directa ha logrado avances legales importantes en los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas en nuestro país.
El 7 de noviembre de 2007, el Estado Plurinacional de Bolivia, mediante Ley Nº 3760 elevó a rango de Ley la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo, en su Artículo 2 de la Constitución Política del Estado reconoce a las naciones y pueblos indígenas, el dominio ancestral sobre sus territorios, garantizando la libre determinación, el derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y, sobre todo, a la consolidación de sus entidades territoriales.
Por lo tanto, el autogobierno y la autodeterminación constituyen los pilares fundamentales de la validación y preexistencia cualitativa de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos y por consiguiente, de su autonomía. La promulgación de la ley que conduce a la creación del Territorio Indígena Originario de Jatun Ayllu Yura es un paso más en la consolidación del Estado Plurinacional de Bolivia, reconociendo el territorio, la lengua y la cultura ancestral de nuestros pueblos indígenas.