Honduras: Consultoría – Diseño y validación de protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios (Instituto Nacional Pen

Organization: International Committee of the Red Cross
Country: Honduras
Closing date: 31 Oct 2017

Términos de referencia

Asignación: Consultoría – Diseño y validación de protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios (Instituto Nacional Penitenciario)

Departamento: Protección

Lugar: Honduras

Duración del contrato: 3 a 4 meses

  1. Antecedentes y Justificaciones

Los artículos 40 y 41 de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional y del 83 al 90 del Reglamento General de la Ley Penitenciaria, contemplan la conformación de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios (Consejos Técnicos) y describen de manera general sus funciones y responsabilidades.

En el marco del proceso de institucionalización del Instituto Nacional Penitenciario (INP), sus autoridades vienen desarrollando procesos de autorregulación para lograr el mejor desempeño de sus unidades orgánicas. En este contexto, el INP le encomendó a Organización Internacional de Derecho para el Desarrollo (IDLO) la elaboración de un Manual de Funciones para los Consejos Técnicos[1].

Por su parte, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) realiza visitas a lugares de detención en Honduras en el marco del Acuerdo de visita suscrito con el Gobierno de Honduras el 24 de agosto de 2015 y el Memorándum de Entendimiento (MdE) suscrito con el Gobierno de Honduras, el 27 de mayo de 2015, con el objeto de desarrollar acciones conjuntas para lograr mejoras sustanciales en los modelos de gestión y prácticas que se desarrollan dentro del Sistema Penitenciario a fin de garantizar un trato humanitario y adecuadas condiciones para las personas privadas de libertad (PPL).

Durante estas visitas a los lugares de detención en Honduras, el CICR ha observado la necesidad de complementar dicho Manual con la elaboración de unos protocolos de actuación para cada uno de los perfiles de profesionales que conforman a los Consejos Técnicos, a fin de estandarizar los procesos y formatos que cada uno de estos emplean para llevar a cabo las responsabilidades a su cargo.

  1. Objetivo general

    Dotar de instrumentos adecuados de gestión a los Consejos Técnicos Interdisciplinarios, que permitan el desarrollo operativo eficiente y ordenado de sus funciones previstas en la ley y el reglamento.

  2. Objetivos específicos / Resultados

  3. Objetivo 1: Diseñar los protocolos de actuación de los Consejos Técnicos, de acuerdo con los mandatos establecidos en la Ley y el Reglamento General.

  4. Objetivo 2: Revisar y validar de manera participativa los protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios.

  5. Tareas a realizar por el consultor(a) en el marco del contrato

  6. Entrevistas/briefings internos con equipo CICR: PSA, Del GJ (antecedentes).

  7. Entrevistas con funcionarios INP (Dirección Nacional, Departamento Legal, Departamento de Gestión Penitenciaria, CTIs, etc.).

  8. Visitas a centros de privación de libertad para observar in situ el trabajo y funcionamiento de los CTIs.

  9. Revisión integral de la normatividad penal y penitenciaria relacionada con las funciones de los CTIs;

  10. Diseño de propuestas de protocolos de actuación de los profesionales de los CTIs;

  11. Reuniones de discusión y validación de propuestas de protocolos de actuación de las unidades del CTI;

  12. Revisión y ajuste de los protocolos de actuación de los profesionales CTIs;

  13. Elaboración del informe final de consultoría y entrega de las propuestas de protocolos de actuación

  14. Ubicación geográfica

Honduras

  1. Recolección de información

La información recolectada con ocasión a la consultoría será entregada al CICR. Su utilización para fines externos a la organización no será autorizada.

  1. Aportaciones tangibles y cuantificables del trabajo: (PRODUCTOS)

  2. Producto 1: Propuesta del plan de trabajo, que incluye como mínimo: a) fundamento teórico; b) metodología; c) plan de análisis de variables/resultados; d) cronograma; e) anexos: instrumentos de recolección de información desarrollados.

  3. Producto 2: Primer borrador de los protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos.

  4. Producto 3: Segundo borrador de los protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos.

  5. Producto 4: Borrador validado de los protocolos de actuación de los profesionales de los Consejos Técnicos.

  6. Perfil del Consultor(a)

  7. Conocimientos en derecho y administración pública deseable. Se dará preferencia a los candidatos con experiencia en Honduras.

  8. Conocimiento y experiencia profesional demostrada en los siguientes ámbitos:

    a) diseño de procesos y procedimientos;

    b) diseño organizacional;

    c) elaboración de documentos de gestión institucional;

    Se dará preferencia a profesionales con experiencia específica en instituciones penitenciarias.

  9. Capacidad de organización, autonomía, y coordinación con los responsables del CICR para la investigación.

  10. Competencia comprobada para trabajar con equipos interdisciplinarios (abogados, trabajadores sociales, sicólogos, pedagogos, médicos, etc).

  11. Con conocimiento y capacidad para integrar en sus trabajos enfoques de género e interculturalidad.

  12. Capacidad comprobada en la redacción de documentos integrales e informes.

  13. Facilidad para la comunicación, empatía y alto grado de confiabilidad.

  14. Coordinación y seguimiento de la consultoría

El consultor(a) trabajará bajo la supervisión directa y colaboración de delegado protección y la delegada de garantías judiciales; debiendo mantener una constante y fluida comunicación.

  1. Fechas de entrega y detalles relativos a la presentación del trabajo

La duración de la consultoría será de 3 a 4 meses.

Las fechas de la consultoría se pueden determinar conjuntamente, preferiblemente el inicio de la ejecución del contrato deberá darse a mediados de octubre.

  1. DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL. CONFIDENCIALIDAD

El CICR será el titular con plena libertad para usar independientemente los materiales elaborados como resultado de la presente Evaluación Externa, de todos los derechos de autor y de propiedad intelectual relativos a los productos de la consultoría y en general de toda aquella actividad relacionada con la misma. El consultor no se reservará ningún derecho sobre el trabajo (material e intelectual) que resulte de la consultoría. Asimismo el consultor se obliga a guardar completa confidencialidad respecto a toda la información, documentos o imágenes que, como resultado de la consultoría llegara a conocer.

  1. HONORARIOS Y FORMA DE PAGO

El CICR corre a cargo de todos los gastos derivados de los desplazamientos por razón de la consultoría así como de todos aquellos derivados de transporte y alojamiento durante los días de visita a los centros de detención necesarios para el desarrollo de la consultoría y de acuerdo al plan de trabajo establecido por estos TdR.

Los pagos se efectuarán de la siguiente forma:

  1. Un primer pago a la entrega del primer producto, igual al 20% del valor total de la consultoría.

  2. Un segundo pago a la entrega del segundo producto, igual 20% del valor total de la consultoría.

  3. Un tercero pago a la entrega del tercer producto, igual 20% del valor total de la consultoría.

  4. Un cuarto y último pago del 40% a la entrega del producto en plena satisfacción del CICR y de conformidad con lo establecido en el contrato, de los productos detallados en el punto 7.

  5. RESPONSABILIDAD

El CICR no será, de forma alguna, responsable por los daños y perjuicios que el consultor pueda sufrir como consecuencia de las acciones u omisiones llevadas a cabo por el consultor para alcanzar los fines de la consultoría. Por lo anterior, el consultor liberará de toda responsabilidad al CICR.

  1. CONTRATO

La consultoría objeto del presente documento será regulada por un contrato de prestación de servicios suscrito entre el CICR y el consultor.

En dicho contrato se establecerá, como mínimo, que:

  1. El único titular de todos los derechos objeto de la presente consultoría es el CICR quien tiene libertad para usar libre e independientemente los materiales elaborados como resultado de la presente consultoría.

  2. La modalidad del contrato de prestación de servicios es por producto, de acuerdo a lo establecido en estos TdR.

  3. El/la contratado/a tendrá como única autoridad al CICR, debiendo contar en todo momento con la autorización y validación de éste.

  4. Los pagos correspondientes, de acuerdo a la entrega de producto, requieren que éstos cuenten con la aprobación del CICR.

  5. El servicio ofertado deberá sujetarse a las condiciones establecidas en el presente documento, el contrato de prestación de servicios respectivo y lo que acuerden de común acuerdo el CICR y el consultor.

  6. El único responsable de los servicios y productos ofertados es el consultor.

  7. El CICR no será, de forma alguna, responsable de los posibles daños y perjuicios que el consultor pueda sufrir como consecuencia de la labor que lleve a cabo para alcanzar los fines de la consultoría.

[1] Pendiente de aprobación.

How to apply:

  1. Aplicaciones

Estas deberán contener:

  1. Una nota con expresión de interés, que explique en detalle información sobre: experiencia profesional, formación académica, conocimientos y habilidades adquiridas relevantes para el desarrollo de la investigación (no mayor a una página, en tipografía Times New Roman 12). Enviada al correo y fecha de aplicación..

  2. Hoja de vida (no mayor a 3 páginas, en tipografía Times New Roman 12). Enviada al correo y fecha de aplicación.

  3. Una propuesta técnica, que especifique la metodología a emplear y el cronograma de trabajo propuesto para cumplir con los objetivos de la investigación. Enviada al correo y fecha de propuestas.

  4. Monto total de la consultoría.

Las aplicaciones deberán enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección: teg_logistics_services@icrc.org indicando en el asunto Consultoría Protocolos de Actuación CTI en Honduras.

Fecha límite de propuestas y aplicaciones: martes 31 de Octubre de 2017 a las 17:00 horas. Hora de Honduras.

Para consultas, favor utilizar la misma dirección del correo electrónico antes mencionado.

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